Solicita la revisión en profundidad del documento, para que incluya también el papel de la propiedad privada en la conservación de la biodiversidad.
La Fundación Oso Pardo (FOP) ha presentado diferentes propuestas en el trámite de información pública relativo al Instrumento de Gestión Integrado (IGI) de los espacios protegidos en los concejos de Cangas del Narcea, Degaña e Ibias, basadas en dos argumentos: el IGI no garantiza la protección del oso pardo y su hábitat ni promueve el reconocimiento de la propiedad privada como un factor determinante para la conservación del territorio.
En lo que respecta a la propiedad, el IGI obvia por completo que este territorio tiene como una de sus principales peculiaridades el que algunas de las mejores áreas oseras y de la más ricas en biodiversidad están en montes privados, con un régimen particular de titularidad y gestión. Desde la FOP entendemos que debe reconocerse en la introducción del IGI dicha particularidad, y que deben incluirse medidas que estimulen y compensen la participación de los copropietarios en el aprovechamiento sostenible de su propiedad y en la conservación de la biodiversidad, tales como impulsar la constitución de Juntas Gestoras en los Montes Proindivisos, que puedan actuar como interlocutoras ante la administración, o fomentar la elaboración de protocolos de colaboración entre las Juntas Gestoras de los Montes Proindivisos o las Juntas Rectoras de los Montes Vecinales en Mano Común y la administración, que pongan en valor la biodiversidad y a su vez estimulen la rentabilidad de los mismos para los propietarios.
En lo referente al oso pardo, la FOP considera que el IGI tiene serias deficiencias técnicas y no aborda correctamente el impacto que la zonificación o algunas de las medidas propuestas pueden tener sobre el oso pardo. Así, debería revisarse en profundidad la zonificación para diferenciar usos y accesos a las zonas de uso agropecuario y de alta montaña, pues permitir el acceso de visitantes con carácter general a todas estas zonas va a ser un serio y grave problema en determinadas áreas, muy utilizadas por el oso pardo en los periodos de celo y reproducción. También se consideran inapropiados algunos de los itinerarios propuestos por Zonas de Uso Restringido Especial, ya que pueden generar serias molestias al oso pardo, por lo que convendría buscar rutas alternativas y/o variar las fechas de libre acceso para hacer compatible el uso público con la protección de la especie. Finalmente, las medidas concretas que el documento recoge para la conservación del oso y de su hábitat son aleatorias y claramente insuficientes.
Por último, la FOP cree imprescindible abordar la regulación de algunos miradores de observación de fauna, osos incluidos, una actividad que bien regulada puede ser un recurso económico para la zona y contribuir a un escenario social favorable a la conservación, pero que debe evitar que se produzcan molestias a las especies y otros efectos negativos como habituación de ejemplares de oso o riesgos para las personas.
A juicio de la FOP, ha quedado en evidencia que el IGI de una de las mejores zonas oseras de la Cordillera Cantábrica está muy lejos de proteger adecuadamente a la población de oso pardo, y va a facilitar impactos sobre ella al abrir sectores delicados a las molestias para la especie. Y tampoco promueve medidas que permitan integrar a los propietarios de montes en la conservación de la biodiversidad, facilitando su implicación y la paz social necesaria para que un instrumento de estas características tenga éxito. Por todo ello, desde la FOP se ha solicitado que se proceda a realizar una revisión en profundidad del documento hecho público, volviéndolo a someter a un nuevo procedimiento de información pública.
Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias